Liberación de jugadores para equipos nacionales. Modificaciones de la reglamentación FIFA.
Estas son la principales modificaciones adoptadas por FIFA el pasado mes de marzo, y que han entrado en vigor el 1 de junio de 2.016, en relación con la liberación de jugadores para los equipos nacionales:
1º) Incumplimiento del jugador de los plazos de reincorporación a su club.
Si el jugador, tras una convocatoria con su asociación nacional, incumple los plazos de reincorporación al club para el que presta sus servicios, establecidos en el artículo 1.10 del Anexo 1 del Reglamento, la Comisión del Estatuto del Jugador de FIFA, podrá decidir entre la reducción de los periodos fijados en el citado artículo, o prohibir a la asociación, convocar al citado jugador para futuros partidos.
Se atempera el anterior régimen, más coercitivo, pues incluía la posibilidad de interposición de multas, que ahora desaparece.
2º) Se amplía temporalmente, para el jugador, la restricción de jugar con el club para el que esté prestando sus servicios, durante el periodo de liberación, como consecuencia de ser convocado para actuar con el equipo de la asociación, salvo que la asociación respectiva acuerde lo contrario.
En este supesto, se generaliza la adición de 5 días más, al periodo de la liberación, antes contemplada sólo para el supuesto de que el jugador, no hubiese querido, o podido, cumplir con la convocatoria.
3º) La Comisión Disciplinaria, será el órgano interno competente para resolver sobre cualquier infracción del Anexo 1 del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores de FIFA.
Desaparecen las medidas que la Comisión del Estatuto del Jugador tenía otorgadas en los párrafos 2º y 3º.
Javier Pérez Villa