¿Debo de adaptar los estatutos del club deportivo a la nueva Ley del Deporte de Aragón?
Como es bien sabido, el pasado 20 de diciembre de 2.018, entró en vigor la nueva Ley del Deporte de Aragón. A partir de entonces, comenzó a contar el reloj para que los Clubes deportivos, y demás entidades aragonesas, se adapten a la nueva norma.
¿Pero qué supone para los clubes aragoneses esa adaptación?. ¿Han de tomar medidas todos?. ¿Qué plazo hay para adaptarse?. Aquí van unos breves consejos.
1º) Comenzando por el final, ¿qué plazo tienen los clubes para adaptar sus estatutos a la nueva norma?.
El plazo de adaptación de estatutos y reglamento, finaliza el próximo 20 de diciembre de 2.019. Los más rezagados, deben de aligerar el paso.
2º) ¿Qué sucede si no lo hago?
Entre las medidas que pueden adportase, se encuentra la cancelación de la inscripción del Club en el Registro de Entidades Deportivas de Aragón.
3º) ¿Qué clubes están obligados a adaptar sus estatutos y reglamentos?. Te damos algunas pistas.
Los estatutos inscritos desde 2.015, no necesitan adaptación. Si los Estatutos se rigen por el Decreto 23/1995, de 17 de agosto, de asociaciones deportivas, necesitarás adaptarlos.
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